PROVINCIALES

Adhesión a marcos legales nacionales para el desarrollo económico de la provincia

La Legislatura difundió el trabajo de la Legislatura en la sanción de leyes que se adecuaron a la firme relación que la gestión de Rosana Bertone tiene con el gobierno central. La adhesión a leyes claves, para el desarrollo económico y el impulso de la obra pública para morigerar el impacto de la recesión en la actividad privada.

Adhesión a marcos legales nacionales para el desarrollo económico de la provincia

USHUAIA.- Desde la Legislatura Provincial se difundió un informe de un compendio de leyes que fijaron la política de gestión de Gobierno de Rosana Bertone, muchas de las cuales quedaron establecidas en la necesidad de adecuar algunas acciones al acuerdo con Nación y las Provincias, en el marco del consenso fiscal.

Otras herramientas aprobadas están direccionadas a dotar de un impulso a la obra pública, para tratar de compensar la caída de la actividad económica en el sector privado, sobre todo en la industria.

El período de sesiones ordinarias de 2017 arrancó con la sanción de la ley 1.142, para destinar parta del financiamiento de los fondos del endeudamiento de 200 millones de dólares y los recursos obtenidos a través del fondo de garantía de sustentabilidad de la ANSES.

Entre las obras previstas para el destino de los fondos obtenidos por la emisión de los títulos de deuda se destacan: el desarrollo troncal provincial de la red federal de fibra óptica; el programa de desarrollo costero Canal Beagle; las nuevas plantas de tratamiento de efluentes cloacales Bahía Golondrina y Arroyo Grande; nuevo muelle comercial destinado a las operaciones de buques de carga y pesca y desarrollo de una nueva plazoleta fiscal de contenedores; nuevo complejo deportivo Margen Sur, entre otras.

 

Responsabilidad Fiscal

La Provincia adhirió, mediante ley 1.158 a la nueva herramienta nacional que rige en materia de Responsabilidad Fiscal, de manera de marginar de las restricciones impuestas a los fondos que están destinados a promover la actividad económica, a sostener el nivel de empleo y dar cobertura a la emergencia sanitaria, y a la asistencia social.

La misma ley, deja sin límite la posibilidad de endeudamiento nacional e internacional a las jurisdicciones provinciales adheridas al Régimen.

Otra ley sancionada fue la 1.159, referida carta intención suscripta por los Gobernadores, incluida la gobernadora Rosana Bertone, por el cual Nación se compromete a devolver de manera escalonada y progresiva, el 15% de la coparticipación que se les retiene de manera indebida a las provincias.

Por su parte, las provincias se comprometen a adoptar las medidas que sean necesarias, en el ámbito de sus respectivas competencias, a los fines de impulsar la convergencia al equilibrio fiscal en cada jurisdicción en el año 2019 y mejorar de manera progresiva la calidad de los servicios prestados por el Estado.

 

Participación público–privada

Mediante ley 1.161, rige en Tierra del Fuego los alcances de la ley nacional Nº 27.328, que establece que los contratos y subcontratos que se instrumenten bajo su régimen, y que sean ejecutados total o parcialmente dentro de la jurisdicción, se encuentran exentos -en la debida proporción que representen- del pago del Impuesto de Sellos.

La ley regula lo atinente a los contratos de participación público-privada celebrados entre los órganos y entes que integran el sector público (en carácter de contratante), y sujetos privados o públicos en los términos que se establece en la misma (en carácter de contratistas), con el objeto de desarrollar proyectos en los campos de infraestructura vivienda, actividades y servicios, inversión productiva, investigación aplicada y/o innovación tecnológica.

 

Capital emprendedor

Con la sanción de la ley 1.172, Tierra del Fuego adhirió a la ley nacional 27.349 tiene por finalidad apoyar la actividad emprendedora, de modo de fomentar el desarrollo local y la expansión internacional de las distintas actividades productivas.

La norma, crea el Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Capital Emprendedor (FONDCE), el que busca el financiamiento de emprendimientos e instituciones de capital emprendedor. Será a través de diferentes instrumentos como: otorgamiento de préstamos, aportes no reembolsables y aportes de capital en emprendimientos e instituciones de capital emprendedor.

En su articulado, la Ley provincial declara exentos del pago de todo impuesto, tasas y/o contribuciones provinciales, existentes y a crearse en el futuro, a las operaciones directamente relacionadas al Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Capital Emprendedor (FONDCE).

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