PROVINCIALES

TOMA DE CASA DE GOBIERNO

Dos leyes y un decreto para entender el reclamo del gremio estatal

La Asociación Trabajadores del Estado exigió que Gobierno cumpla con dos leyes y un decreto para dar por finalizado el conflicto que derivó en la toma de Casa de Gobierno. En efecto, la clave pasa por lo enunciado en las leyes provinciales 288 y 331 como así también el decreto nacional 1428/73.

ATE exige el cumplimiento de normativa para cesar el reclamo.
ATE exige el cumplimiento de normativa para cesar el reclamo.
El conflicto que derivó en la toma de la Casa de Gobierno tiene una raíz, según lo expresado por el titular de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE), Caros Córdoba, quien aseveró que “Gobierno nos pide que desalojemos (el edificio) para poder hablar; nosotros le dijimos que cumplan la Ley 331, el Decreto 1428 y la Ley 288, para que podamos cobrar el salario como corresponde”.

En efecto, y para entender la raíz del conflicto, delfuego noticias recopiló la normativa vigente a la que hizo referencia el dirigente gremial y que, según los propios dichos de Córdoba, el Gobierno no cumple su puesta en práctica.

Dos leyes y un decreto


La primera de las leyes mencionadas es la 288, sancionada el 29 de marzo de 1996, con veto total y posterior insistencia para que finalmente sea publicada el 6 de mayo de 1996. Su texto es simple y consta de dos artículos.

En el primer artículo, asegura la normativa: “Ratifíquese el suplemento por zona desfavorable en un cien por ciento (100 %) de las remuneraciones sujetas a aporte, para el personal dependiente del Estado provincial, municipalidades, comuna, entes autárquicos, descentralizados y demás organismos, conforme se percibe a la fecha.

Asimismo, se hizo mención en el reclamo de ATE a la Ley 331 o ‘ley de administración publica territorial: aplicación de la Ley Nacional 22.140 y Decreto 1.428/73 al personal de la misma’, sancionada el 11 de agosto de 1988 y publicada en Boletín Oficial el 28 de septiembre del mismo año.

La norma consta de cuatro artículos busca la aplicación de la normativa nacional “al personal que pertenezca a la Administración Pública, Entes Descentralizados y Autárquicos del Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur”, que “se rigen por el Régimen Jurídico Básico de la Función Pública - Ley 22.140 y su Escalafón -Decreto 1.428/73, hasta tanto no se dicten el Régimen y Escalafón territoriales”.

Asimismo, Carlos Córdoba hizo mención al Decreto 1428/73 que se refiere al escalafón del personal civil de la administración pública nacional, el cual fue puesto en práctica el 22 de febrero de 1973, bajo el mandato del presidente de facto, Alejandro Agustín Lanusse.

Dicho decreto hace referencia al cuerpo normativo adjunto que constituye el Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Nacional, bajo el cual se encolumnaron las provincias para confeccionar sus cuerpos normativos.

El Decreto 1428/73 consta de 100 artículos donde, entre otras cuestiones, se dispone la normativa para el personal administrativo, profesional, técnico, de mantenimiento y producción, de servicios generales, embarcados, y del área profesional asistencial, entre otros.

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