PROVINCIALES

TOMA DE CASA DE GOBIERNO

La multa por no acatar conciliación obligatoria tiene antecedente en SUTEF

En 2010, el gremio docente decidió no acatar una conciliación obligatoria dictaminada por el Ministerio de Trabajo y la decisión redundó en una multa que superó los 600 mil pesos. Una medida similar podría afectar a la Asociación Trabajadores del Estado, en medio del conflicto con Gobierno.

Las decisiones de ATE podrían redundar en una abultada multa.
Las decisiones de ATE podrían redundar en una abultada multa.
La Asociación Trabajadores del Estado (ATE) decidió no acatar la conciliación obligatoria dictada por el Ministerio de Trabajo de Tierra del Fuego, en el marco del conflicto que mantiene a la Casa de Gobierno sin actividad por la permanencia de los manifestantes en su interior.

En ese contexto, varios funcionarios -entre ellos Lisandro Fonrradona y Sergio Giadas- ya manifestaron que el gremio estatal puede ser sancionado por la decisión adoptada y que dicha reprimenda va desde una multa económica hasta la pérdida de la personería gremial.

Y si bien se trata de medidas extremas, existen antecedentes recientes que reafirman la postura adoptada por el Gobierno. De hecho, en junio de 2010, la Subsecretaría de Trabajo de Tierra del Fuego sancionó al Sindicato Unificado de Trabajadores de la Educación Fueguina (SUTEF) con una multa de 618 mil pesos por haber incumplido la conciliación obligatoria dictada por el Ministerio de Trabajo.

Además, en aquella oportunidad, se intimó al sindicato a depositar dicha suma en la cuenta bancaria del Ministerio de Trabajo, dentro de los cinco días de notificada la Resolución. Lo que siguió fueron idas y venidas entre el Gobierno y el gremio docente, que se negó a pagar la multa.

De hecho, en agosto del mismo año, la Justicia laboral fueguina hizo lugar a un planteo del sindicato docente y declaró inconstitucional un artículo de la Ley 90, que obligaba al gremio a depositar 618 mil pesos impuestos por el Ministerio de Trabajo por no haber acatado la conciliación obligatoria dispuesta por la cartera.

Para el juez laboral que entendió en la causa, Dr. Guillermo Penza, dicho artículo era inconstitucional porque el pago previo a una vía de apelación se podría traducir en una “afectación de garantías” consagradas en la Carta Magna.

Días después, el SUTEF emitió un comunicado de prensa donde repudiaban la medida judicial: “Es muy injusto que la patronal imponga una multa a sus empleados por un conflicto gremial. Este es un caso más que demuestra la impotencia política de este Gobierno ya que, al no poder resolver los conflictos con diálogo y acuerdos, judicializa los problemas o utiliza los mecanismos represivos correspondientes, en este caso la multa”.

Finalmente, la causa no se cerró y tampoco se ejecutó la multa, convirtiéndose en una incógnita el resultado de la sanción impuesta por el Ministerio de Trabajo. Sin embargo, no deja de ser un antecedente preocupante para el gremio estatal dado las manifiestas intenciones del Gobierno de aplicarle una multa tal cual lo hicieran en 2010 con el gremio docente.

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