PROVINCIALES

MEDIDA ECONÓMICA NACIONAL

Nación simplificó la importación de productos fueguinos para consumidores finales

Un nuevo régimen simplificado de importación fue establecido por Nación que permite a los consumidores del continente adquirir directamente pequeños envíos de mercadería fabricada en Tierra del Fuego. Fue oficializada mediante el Decreto 334/2025.

Nación simplificó la importación de productos fueguinos para consumidores finales

RIO GRANDE.- El Poder Ejecutivo Nacional, a través del Decreto 334/2025, implementó un cambio radical en la modalidad de compra y venta de bienes industriales provenientes de Tierra del Fuego. La normativa crea un régimen simplificado de importación destinado exclusivamente a personas humanas residentes en el territorio continental que adquieran productos fueguinos para su uso y consumo particular, con una clara prohibición de su comercialización posterior.

La decisión surge del reconocimiento por parte del Gobierno de que el mecanismo existente para la venta de estos bienes a consumidores finales resultaba "extremadamente burocrático y engorroso", dificultando y perjudicando la actividad económica de la región. La Ley N° 19.640, que estableció un régimen fiscal y aduanero especial para Tierra del Fuego, buscaba justamente fomentar la actividad y asegurar el establecimiento permanente de la población.

Este nuevo esquema establece límites claros para los envíos ya que cada destinatario podrá recibir un máximo de tres (3) unidades de la misma especie por año calendario, con un valor FOB máximo de USD 3.000 por envío. Además, las empresas promovidas interesadas en adherirse a este régimen deberán habilitar un sistema de venta exclusivamente "online".

Por su parte, la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía será la autoridad de aplicación, encargada de determinar las mercaderías específicas que podrán comercializarse bajo este formato y de asegurar la acreditación de origen. Por su parte, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) deberá establecer un procedimiento simplificado en cuanto a la documentación exigida.

La normativa también faculta a la Secretaría de Industria y Comercio a modificar en el futuro la cantidad de unidades, el valor límite o el número de operaciones anuales permitidas, considerando factores como cambios tecnológicos o variaciones de mercado. Este decreto, que entró en vigencia el 20 de mayo de 2025, promete agilizar el acceso a los productos fabricados en Tierra del Fuego para los consumidores del resto del país, marcando un paso hacia la desburocratización del comercio interjurisdiccional.

¿Compartís la nota?