ESPAÑA-. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) resolvió que la inclusión de personas en grupos de WhatsApp por parte de organismos públicos, sin el consentimiento expreso del titular de la línea, será considerada una acción violatoria de las normativas de datos de ese país.
La medida tuvo lugar después de que un residente del municipio de Boecillo, en la provincia de Valladolid, denunciara al Ayuntamiento por incluirlo en un chat sin permiso.
La AEPD especificó que la medida alcanza a las administraciones y los organismos públicos, en el marco de Ley de Protección de Datos (LOPD), pero no afecta a las personas que agreguen a sus familiares y amigos en un grupo.
Según relataron medios de prensa españoles, la municipalidad de Boecillo había creado el 26 de octubre de 2016 un grupo de WhatsApp desde un celular de su titularidad, en el que incluyó los teléfonos de 255 personas (entre los que estaba el del denunciante) para brindar información sobre "acciones o actuaciones de interés vecinal", y los números eran visibles para todos los miembros.
La municipalidad declaró que los números fueron facilitados por los titulares "para contactar directamente con una responsable del Ayuntamiento y recibir información", recogió la prensa local.
Sin embargo, el denunciante aseguró que solo se había comunicado vía telefónica con el organismo dos veces: una, para denunciar que estaban fumigando su vivienda y otra, por ruidos.
También afirmó que esa oficina tiene sus datos personales "para cuestiones de solicitud de licencias urbanísticas, tasas e impuestos municipales y denuncias por diversas causas" y no está autorizado a utilizar sus datos personales para ningún otro fin.
Por esta razón, la AEPD resolvió que el Ayuntamiento de Boecillo infringió lo dispuesto en los artículos 4.2 y 10 de la LOPD, tipificados como infracción grave.
El artículo 4.2 establece que "los datos de carácter personal objeto de tratamiento no podrán usarse para finalidades incompatibles con aquellas para las que los datos hubieran sido recogidos".
Agrega que "no se considerará incompatible el tratamiento posterior de estos con fines históricos, estadísticos o científicos".
La agencia no propuso "medidas correctoras concretas" a tomar por el Ayuntamiento de Boecillo ya que el grupo se cerró "tan pronto" como ese organismo advirtió la situación irregular y el denunciante fue eliminado del grupo el mismo día en que se creó.
De acuerdo con la normativa española de datos, los organismos y administraciones públicas que vulneren esa ley serán objeto de "apercibimiento" -o incluso deberán cumplir "acciones disciplinarias"-, pero en ningún caso deberán pagar sanciones.
Fuente: Ámbito.com